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Trámites para exportar a otros países mediante tu tienda online (I)

Trámites para exportar a otros países mediante tu tienda online  (I)

¿Os habéis planteado alguna vez exportar a otros países mediante vuestro negocio online? Es cierto que el comercio electrónico se está extendiendo de forma ilimitada. Y esta extensión nos permite incluso exportar nuestros productos a otros países, aunque antes debemos hacer ciertos trámites. Es por eso que a continuación os dejamos las pautas que hay que seguir, así como también a quién dirigirse para exportar con eficacia a otros países.

Lo primero que debemos saber es que, para la protección de la economía de un país, existen diferentes impuestos que hay que pagar en la importación o la exportación. Éstos son los aranceles, o las barreras no arancelarias:

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  • Un arancel, además de servir como método de clasificación de las mercancías, es un impuesto que se aplica a las importaciones que recibe un país para así elevar su precio de coste y proteger los productos nacionales.
  • Las barreras arancelariasson otro tipo de métodos para defender la economía de los efectos negativos de la importación. Podemos distinguir, entre otros:
    • Los contingentes, que son limitaciones en las unidades importadas
    • Subsidios a la producción, subministrados por el gobierno para incentivar la producción del país, eliminando cualquier necesidad de exportación.
    • Trabas administrativas que obstaculizan la exportación.

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A partir de aquí, el primer paso que deberemos dar es clasificar arancelariamente los productos que queramos exportar, ya que dependiendo del país de salida y del país de recepción, los trámites cambiarán:

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    • Si decidimos exportar nuestros productos entre dos países de la Comunidad Europea, nuestra mercancía deberá llevar un código de Arancel Integrado de las Comunidades Europeas (TARIC). Tal y como indica ICEX, el responsable legal de que la clasificación de nuestros productos será el importador o exportador, aunque se use a un agente de aduanas como representante.

En cualquier caso, siempre podremos consultar a la AEAT para que resuelvan nuestras dudas.

  • En caso de exportar a otros países fuera de la Comunidad Europea, también es necesario un Código Arancel Integrado de las Comunidades. Pero además, necesitaremos otros documentos según nuestra situación:
    • Certificado de Circulación EUR.1 y Declaración en factura. Durante mucho tiempo, Europa ha mantenido diferentes acuerdos con determinados países. Es por eso que gracias a estos acuerdos, la mercancía que proviene de la UE tiene un tratamiento preferencial, de modo que se puede conseguir una reducción o eliminación total de los Aranceles. Existen dos formas para probar el origen de las mercancías:
      • Certificado de Mercancías EUR1: Se debe obtener un certificado de circulación para cada envío, solicitándolo a la aduana española, dónde se vaya a efectuar el envío. Este certificado se deberá presentar en la aduana de destino.
      • Declaración en factura: Si exportáis a otros países de forma frecuente a los países con tratos especiales, está es vuestra mejor opción. Consiste en gestionar un número de «Exportador Autorizado», que aparecerá en la declaración en factura que previamente se deberá realizar. En España, es la AEAT que se encarga de gestionar las solicitudes.

    Para más información: Subdirección General de Gestión Aduanera.

      • Certificado de Circulación ATR.1: Es un certificado especial que se usa en paralelo con el Certificado de Circulación EUR.1 para las exportaciones con Turquía. Hay que recordar que éstos no son obligatorios; sirven para beneficiarse del régimen preferencial.

    Para más información: AEAT, ICEX.

      • Documento Único Administrativo (DUA). De carácter obligatorio, se trata de un impreso para las importaciones y exportaciones entre terceros países. Básicamente, es una declaración documentada de las características de la operación.

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No hay que olvidar que, según los productos que decidamos exportar, necesitaremos otros documentos, como por ejemplo licencias de exportación si se trata de productos peligrosos o bien, facturas comerciales si estáis pensando en exportar a China.

En todo caso, lo mejor es siempre consultar a un asesor, o bien, dirigirse a la AEAT.

¿Exportáis a otros países? ¡Contadnos vuestra experiencia en el apartado de comentarios!

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